Este mes de septiembre ha habido cambios en temas laborales, y uno de gran importancia que parece que ha entrado sin hacer mucho ruido, es que desaparecen las bonificaciones de los contratos de sustitución durante la maternidad / paternidad.
Hasta la fecha, si una empresa contrataba a un sustituto que estuviera desempleado, no pagaba nada por el trabajador en maternidad / paternidad y solo abonaba el salario del trabajador sustituto. Tampoco pagaba la cotización a la Seguridad Social de ninguno de los dos.
A partir del 1 de septiembre, esa bonificación, que ya llevaba más de 20 años, desaparece, limitando bastante las personas que se pueden contratar e incentivando dicha contratación con 366€ al mes.
¿Cuáles son los requisitos a cumplir?
Los requisitos para poder ser contratado son:
Ser desempleado y además menos de 30 años.
No haber trabajado antes en la empresa.
Ser demandante de empleo.
Por supuesto, esta nueva medida aplica también para el cuidado del lactante, el riesgo durante el embarazo y durante la lactancia.
Esta era una de las bonificaciones más utilizadas, que además de beneficiar a la empresa, fomentaba la contratación de muchas personas.
¿Tú qué opinas?